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Los productos milagro

Los llamados "productos milagro" son unos artículos que, evidentemente, no deberían ser objeto de venta, pues, como su propio enunciado indica, prometen algo -un milagro- que está fuera de las leyes de la naturaleza. Prometer un "milagro" es directamente engañar.

Servicios financieros (banca, inversiones y seguros)

Independientemente de quién sea la entidad intermediaria, es la naturaleza del producto o servicio la que determina el supervisor competente para atender las quejas y reclamaciones planteadas:

Multipropiedad, tiempo compartido o aprovechamiento por turno de inmuebles de uso turístico

La ley 42/1998 de 15 de diciembre regula el aprovechamiento por turno de inmuebles de uso turístico.

Vehículos usados

Antes de proceder a la compraventa de un vehículo usado, hay que saber que los expuestos en los establecimientos pueden ser de su propiedad o pueden estar en depósito.

El Gas

No está obligado a dejar entrar en su domicilio a cualquier empresa que acuda a visitarle, salvo en el caso de que se desee voluntariamente contratar sus servicios y se asegure previamente de su identidad y de que se trata de una empresa legalmente autorizada.

El comercio justo

En un día cualquiera pasan por nuestras manos productos procedentes de los rincones más dispares del planeta. En apariencia todos formamos parte de un gran mercado, pero los beneficios de este creciente comercio internacional no llegan a todos por igual. La libre competencia no lo es tanto, porque no todos estamos situados en la misma línea de salida.

Productos alimenticios

El Consejo Local de Consumo

El Consejo Local de Consumo es un órgano de integración y participación de las Asociaciones de Consumidores y Usuarios, las Organizaciones Empresariales y la Administración Municipal en todas las cuestiones relacionadas con el consumo dentro del municipio.

OSI

Centro Europeo del Consumidor en España y la Oficina de Seguridad del Internauta

Derechos de los consumidores

El primer requisito para que los consumidores puedan hacer valer sus derechos es conocerlos.
La Ley de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios de Andalucía los recoge en el articulado de su Título I. Son los siguientes:

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