Son alimentos transgénicos aquellos que proceden de, o en su composición contienen, organismos modificados genéticamente, cuyas características han sido cambiadas por técnicas de ingeniería genética.
Independientemente de quién sea la entidad intermediaria, es la naturaleza del producto o servicio la que determina el supervisor competente para atender las quejas y reclamaciones planteadas:
El 27 de marzo de 2008 el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía publicó el Decreto 72/2008 de 4 de marzo, por el que se regulan las hojas de quejas y reclamaciones de las personas consumidoras y usuarias en Andalucía y las actuaciones administrativas relacionadas con ellas.