de San Roque
Su definición legal se establece en el artículo 23 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, que establece que la Junta de Gobierno Local, es un órgano integrado por el Alcalde y un número de Concejales no superior a 1/3 del número legal de los mismos, nombrados y separados libremente por el Alcalde, dando cuenta al Pleno.
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Definición legal y competencias. Actualizado 26/07/2023. | 29.71 KB |