de San Roque
El Alcalde es el presidente de la Corporación Local. El artículo 124 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, establece que el Alcalde ostenta la máxima representación del municipio y es responsable de su gestión política ante el Pleno.
La agenda del alcalde es un documento vivo y en continuo movimiento. De ahí que su publicación, para que sea real y recoja todos los acontecimientos, actividades y actuaciones realizados, debe ser publicada a fecha pasada.