de San Roque
Las organizaciones o asociaciones de consumidores y usuarios son cauces de participación de los ciudadanos en los asuntos públicos que les afecten así como en la representación, consulta y defensa de los derechos de los consumidores.
En sus estatutos las citadas asociaciones deben establecer como objeto social la defensa, información, educación, formación, asistencia y representación de sus asociados como consumidores, así como la defensa de los intereses colectivos de los ciudadanos en su condición de consumidores en general. Las organizaciones de consumidores han de tener un funcionamiento democrático en todo lo relativo a la toma de decisiones, elección de los órganos directivos y elaboración de los programas de actividades. Son derechos de las organizaciones de consumidores y usuarios: a) Ejercer las correspondientes acciones judiciales y extrajudiciales en defensa de sus socios, de la asociación y de los intereses colectivos de los consumidores en general. b) Representar a los consumidores en los órganos de participación, consulta y concertación donde les corresponda estar presentes. c) Promover acciones tendentes a solicitar el cese de prácticas engañosas o fraudulentas en la oferta, promoción y publicidad de bienes y servicios. d) Exigir la rectificación pública de las comunicaciones e informaciones publicitarias engañosas o ilícitas y ejercitar el correspondiente derecho de réplica.Las asociaciones garantizarán a los consumidores y usuarios una eficaz protección jurídica tendente a la reparación e indemnización por daños y perjuicios sufridos por la adquisición, uso y disfrute de bienes y servicios que se pongan a su disposición en el mercado. Base legislativa Ley 13/2003 de 17 de diciembre de Defensa de los Consumidores y Usuarios de Andalucía (BOJA 31-12-2003).