Urbanismo explica a vecinos del Albarracín los avances en las ordenanzas para la zona

Sábado, 11 Abril 2015

La Delegación Municipal de Urbanismo ha realizado una jornada informativa destinada a presidentes de comunidades de propietarios y propietarios de edificaciones en el Albarracín, al objeto de explicarles el Decreto de la Junta de Andalucía y la Ordenanza Municipal, que posibilitará en el futuro la legalización de sus viviendas.

JORNADAS INFORMATIVAS VECINOS ALBARRACIN 10 ABRIL 2015

El acto ha estado presidido por el alcalde, Juan Carlos Ruiz Boix, y también asistieron el tte de alcalde de Urbanismo, Juan Manuel Ordóñez, y el arquitecto jefe municipal, Nicolás Moncada, y fue conducido por los responsables de la empresa Rot Habitat, que fue la encargada de realizar el inventario de viviendas.

El alcalde explicó que San Roque cuenta en su término municipal con 750 parcelas y 535 viviendas en suelo no urbanizable, aunque “estas cifras no son tan altas como inicialmente pensábamos, en especial en el área del Albarracín, donde creíamos que eran unas 800 las viviendas y sin embargo no llegan a 500”.

Para las 535 viviendas existente en suelo no urbanizable en todo el término municipal de San Roque “vamos a trabajar en la figura de 'asimilado fuera de ordenación', que la Junta de Andalucía con el Decreto 2/2012 trata de resolver algunas situaciones que existen”.

Con ello, se pretende que “estas personas puedan tener en el Registro de la Propiedad sus viviendas y parcelas, que puedan tener derecho a alguno de los servicios de suministro, y que puedan hipotecarlas, entre otras muchas ventajas”.

Para ello, el Ayuntamiento, en base al decreto de la Junta, ha elaborado unas Ordenanzas que fueron aprobadas recientemente en el Pleno, y que “van a permitir que pronto se pueda regularizar estas viviendas”.

El alcalde explicó que “inicialmente la reunión estaba prevista para los responsables de las comunidades de propietarios del Albarracín, al objeto de conocer cuales son las ventajas de que nos nominen como asimilados fuera de ordenación”.

Para la legalización y urbanización final del Albarracín es necesario conocer estas Ordenanzas desarrolladas al amparo de la calificación de Asimilados fuera de ordenación de la zona del Albarracín.

Todo ello, incluida la colaboración vecinal para la elaboración del registro de edificaciones, va a permitir al Ayuntamiento redactar un Plan Especial de la zona, en el que ya se trabaja.

En el Pleno Ordinario de noviembre de 2014 se aprobó por unanimidad la Ordenanza Municipal para la regulación del régimen de las edificaciones existentes en el suelo no urbanizable del T.M. de San Roque y el establecimiento de las normas de habitabilidad y seguridad. Esta Ordenanza ya está aprobada de manera definitiva al no presentarse ninguna alegación una vez transcurrido el periodo de información pública.
Se trata del modelo normalizado en el que se incluye un modelo de solicitud y se clarifica la documentación que deben aportar los ciudadanos para poderse valorar desde el Ayuntamiento la situación jurídico-administrativa de sus edificaciones, según sea el caso: ordenada, fuera de ordenación o asimilada al régimen de fuera de ordenación.

En el mismo Pleno se acordó por unanimidad la aprobación definitiva del documento de avance para la delimitación de asentamientos urbanísticos en el suelo no urbanizable del T.M. de San Roque.

Este documento se aprobó de manera inicial el 31 de julio de 2014, y su objetivo principal es intentar regularizar los servicios municipales a los propietarios de las parcelas en cuestión. Se han estimado por parte de la Junta de Andalucía dos de las 18 alegaciones presentadas.

La Consejería de Obras Públicas considera como asentamiento un grupo de 24 viviendas situadas junto al casco urbano de Guadiaro, pero no las más de 400 de El Albarracín. De hecho, en la mayoría de los casos, las alegaciones desestimadas se refieren a dicha zona. En el Pleno se aclaró que el hecho de no ser considerado asentamiento urbano no significa que no puedan acogerse a la regularización como viviendas asimiladas al régimen de fuera de ordenación.

Entre las razones señaladas, se indica que “El Albarracín no es un ámbito territorial definido y consolidado por agrupaciones de edificaciones próximas entre sí”. También se señala que “no posee estructura urbana” y que “se encuentra desvinculado del núcleo principal y su grado de consolidación es muy inferior al 50%”.