RESUMEN EVALUACIÓN GENERAL

Viernes, 1 Marzo 2019

 

Los reglamentos establecen la obligación de llevar a cabo evaluaciones de eficacia,eficiencia e impacto de la ayuda de los Fondos del MEC, con el objetivo de mejorar la calidad en la ejecución y el diseño de los programas, y determinar los efectos de los mismos en relación con las metas de la estrategia de la Unión para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador.

 

Con el fin de mejorar la calidad y el diseño de cada programa y de verificar la viabilidad de sus objetivos y metas, debe  efectuarse una evaluación ex ante de los mismos, que se remitirá a la Comisión junto con el programa operativo. La autoridad responsable de la preparación del programa ha de diseñar un plan de evaluación. Durante el período de  programación, las autoridades de gestión deben realizar evaluaciones para estimar la eficacia y el impacto del programa. Para facilitar las decisiones de gestión, debe informarse al comité de seguimiento y a la Comisión de los resultados de las  evaluaciones.

 

Asimismo, se realizarán evaluaciones ex post de los programas, para estimar la eficacia y la eficiencia de los Fondos y su impacto en relación con los objetivos globales de los propios Fondos y de la estrategia de la Unión para un crecimiento  inteligente, sostenible e integrador. Dichas evaluaciones serán llevadas a cabo por la Comisión europea.

 

El sistema de indicadores será una pieza clave del sistema de seguimiento y evaluación para el período 2014-2020. El  sistema de indicadores deberá incluir los indicadores comunes (definidos por la Comisión y recogidos en los reglamentos)  así como indicadores específicos de programa. Todos estos indicadores, en función de su naturaleza, se pueden clasificar en: indicadores de realización e indicadores de resultado. Una selección de estos indicadores configurará el Marco de  Rendimien to que debe definirse en cada uno de los programas con la finalidad de facilitar el seguimiento de los mismos.