de San Roque
No puede. Está obligado a proporcionar al consumidor la hoja de reclamaciones. Dispone, a partir de ese momento, de un plazo de diez días para darle una respuesta razonada y exponer su versión de los hechos. Muchos empresarios creen erróneamente que entregar una hoja de reclamaciones significa darle la razón al consumidor o incluso que la Administración puede sancionarlos. Nada más lejos de la realidad: negarse a dar la hoja, o no tenerla en el establecimiento, sí es motivo de sanción administrativa, aunque fuese absurda la pretensión del consumidor.