de San Roque
La Agencia de Protección de Datos es un Ente de Derecho Público con personalidad jurídica propia y plena capacidad jurídica pública y privada, que actúa con independencia de las Administraciones Públicas en el ejercicio de sus funciones.
La Agencia de Protección de Datos debe velar por el cumplimiento de la legislación sobre protección de datos, especialmente en lo relativo a los derechos de información, acceso, rectificación y cancelación. Asimismo debe atender las peticiones y reclamaciones formuladas por las personas afectadas y proporcionarles información acerca de sus derechos en materia de tratamiento de los datos de carácter personal.También debe velar por la publicidad de la existencia de los ficheros de datos con carácter personal a cuyo efecto publicará periódicamente una relación de dichos ficheros con la información adicional que el Director de la Agencia determine.Datos de carácter personal (Cualquier información concerniente a personas físicas identificadas o identificables):-Deben ser adecuados, pertinentes y no excesivos en relación con el ámbito y las finalidades determinadas, explícitas y legítimas por las que se hayan obtenido.-No pueden usarse para finalidades incompatibles con aquellas para las que los datos fueron recogidos, aunque no se considera incompatible el tratamiento posterior de éstos con fines históricos, estadísticos o científicos.-Deben ser exactos y puestos al día.-Si fueran inexactos, en todo o en parte, o incompletos. deben ser cancelados y sustituidos de oficio, sin perjuicio de las facultades de los afectados (derechos de rectificación y cancelación).-Los datos de carácter personal serán cancelados cuando hayan dejado de ser necesarios o pertinentes para la finalidad para la cual fueron recabados o registrados.-Serán almacenados de forma que permitan el ejercicio del derecho de acceso, salvo que sean legalmente cancelados.-Está prohibida la recogida de datos por medios fraudulentos, desleales o ilícitos.Datos especialmente protegidosLos datos de carácter personal que revelen la ideología, afiliación sindical, religión o creencias sólo podrán ser objeto de tratamiento con el consentimiento expreso y por escrito del afectado y los datos de carácter personal que hagan referencia al origen racial, a la salud y a la vida sexual sólo podrán ser recabados, tratados y cedidos cuando, por razones de interés general, así lo disponga una ley o el afectado consienta expresamente. No obstante, sí podrán ser tratados los datos mencionados cuando dicho tratamiento resulte necesario para la prevención o para el diagnóstico médicos o la gestión de servicios sanitarios, así cuando sea necesario para salvaguardar el interés vital del afectado o de otra persona, en el supuesto de que el afectado esté física o jurídicamente incapacitado para dar su consentimiento.-Está prohíbida la creación de ficheros con la exclusiva finalidad de almacenar datos de carácter personal que revelen la ideología, afiliación sindical, religión, creencias, origen racial o étnico o vida sexual.-Los datos relativos a la comisión de infracciones penales sólo podrán ser incluidos en ficheros de las Administraciones públicas competentes en los supuestos previstos en las respectivas normas reguladoras.Medidas de seguridadTodos los ficheros automatizados, los centros de tratamiento, locales, equipos, sistemas, programas y las personas que intervengan en el tratamiento automatizado de los datos de carácter personal deben reunir unas medidas de seguridad recogidas en el Reglamento aprobado por el Real Decreto 994/99.Las medidas de seguridad exigibles se clasifican en tres niveles: básico, medio y alto. Dichos niveles se establecen atendiendo a la naturaleza de la información tratada, en relación con la mayor o menor necesidad de garantizar la confidencialidad y la integridad de la información.-Nivel básico: Todos los ficheros que contengan datos de carácter personal.-Nivel medio: Los ficheros que contengan datos relativos a la comisión de infracciones administrativas o penales, Hacienda Pública, servicios financieros...-Nivel alto: Los ficheros que contengan datos de ideología, religión, creencias, origen racial, salud o vida sexual, datos recabados para fines policiales.Censo promocionalQuienes pretendan realizar esporádica o permanentemente la actividad de recopilación de direcciones, reparto de documentos, publicidad, venta a distancia, prospección comercial un otras actividades análogas, pueden solicitar del Instituto Nacional de Estadística o de los órganos equivalentes de las Comunidades Autónomas una copia del censo promocional, formado con los datos de nombre, apellidos y domicilio que constan en el censo electoral.El uso de cada lista de censo promocional tendrá una vigencia de un año. Transcurrido el plazo citado, la lista perderá su carácter de fuente de acceso público.Los procedimientos para solicitar no aparecer en el censo promocional se regularizarán reglamentariamente y serán gratuitos para los interesados. Trimestralmente se editará una lista actualizada del censo promocional, excluyendo los nombres y los domicilios de los que así lo hayan solicitado.Para más información dirigirse a:Agencia de Protección de DatosÁrea de Atención al CiudadanoC/ Jorge Juan, 628001-MADRIDTeléfono 901 100 099web: www.agpd.es E-mail: ciudadano@agpd.es