En vigor la nueva Ordenanza Municipal de Ayudas Económicas para la Atención de Necesidades Sociales

Sábado, 21 Septiembre 2024

El Ayuntamiento de San Roque dispone ya de una nueva Ordenanza Municipal reguladora de Ayudas Económicas para la Atención de Necesidades Sociales, que entró en vigor el 8 de agosto, y ya se está aplicando a todos los vecinos del municipio que necesitan alguna de estas ayudas económicas, desde la Delegación Municipal de Igualdad y Asuntos Sociales, que coordina la edil Eva Gil.

El alcalde de San Roque, Juan Carlos Ruiz Boix, señaló que el Ayuntamiento de San Roque es el municipio de la provincia de Cádiz, que más invierte en políticas sociales, cuyas partidas presupuestarias se van incrementadas cada año para atender al mayor número de familias.
Ruiz Boix recuerda que este asunto es uno de esos los tres ejes fundamentales de su gestión de gobierno, junto a las inversiones y a la creación de empleo.

El Ayuntamiento de San Roque contaba con una Ordenanza de esta materia aprobada en 2016 que necesitaba adaptarse a los cambios sociales, la aparición de nuevas necesidades y la exigencia de mejorar los Servicios Sociales, que se ajustase a la realidad social actual, y que pueda cumplir con su finalidad fundamental de atención integral a las personas.

Con la aprobación de la nueva Ordenanza se aumenta, además, el catálogo de prestaciones que se conceden desde la Delegación Municipal de Igualdad y Asuntos Sociales, se garantiza también el derecho de acceso a las prestaciones y servicios de todas las personas del municipio en condiciones de igualdad, atendiendo a criterios de calidad, oportunidad, accesibilidad y llegando a un número mayor de personas y unidades familiares potencialmente beneficiarias de las mismas.

El Ayuntamiento de San Roque pretende dar respuesta con esta nueva normativa a las necesidades actuales de las personas y unidades familiares del municipio que carecen de recursos económicos para hacer frente a gastos específicos necesarios para prevenir, evitar o paliar situaciones de exclusión social, y sin cobertura por otros sistemas de protección social.

Todo ello se hará de forma ordenada, en condiciones de igualdad y calidad, de forma efectiva y eficaz, y con carácter integral dentro de un proceso de intervención social que un proceso de intervención específico y atención social a las personas o unidades familiares y no únicamente asistencial.

Además de los objetivos generales que se pretenden alcanzar tales como: regular los distintos tipos de prestaciones sociales de carácter económico, el procedimiento administrativo a seguir para su concesión y establecer los requisitos necesarios para acceder a dichas prestaciones, en la nueva Ordenanza se establecen varios objetivos específicos.

Por un lado, se incorporan contingencias sociales o circunstancias personales o económicas no previstas en la anterior Ordenanza y que propician la actualización de la normativa a la dinámica social dado que se precisa tener un catálogo mayor de ayudas económicas. Concretamente, se introducen en la Ordenanza 7 nuevos tipos de ayudas económicas, como ayudas para la atención a familias con miembros con necesidades socioeducativas especiales; ayudas para el refuerzo socioeducativo de menores; o ayudas para la integración para realizar estudios postobligatorios (estudios universitarios, ciclos formativos, etc.).

Además, se contemplan ayudas económicas para el acceso a un alojamiento alternativo en centro residencial para personas en situación de dependencia; para el uso y mantenimiento de la vivienda habitual. (alquiler, pago hipoteca para evitar desahucios, etc.); para actividades educativas, de ocio y tiempo libre para menores; y para el acceso a comedor escolar de centros educativos.

Las ordenanzas mejoran aspectos procedimentales y técnicos, así como de los baremos económicos de acceso, las cuantías económicas de concesión, etc. que amplían la cobertura y protección social de la población beneficiaria de las ayudas.

Concretamente, se reduce el tiempo máximo previo que se exige de empadronamiento y residencia efectiva, que pasa de 1 año a 6 meses, para poder atender más y mejor a las familias que fijan su vivienda habitual y su proyecto de vida futuro en el municipio, quedando exentos de dicho requisito colectivos específicos que requieran de una atención inmediata, previo informe técnico favorable.

Se amplían los topes económicos para poder acceder a las ayudas, lo que permite que sean más las personas y unidades familiares que pueden beneficiarse de dichas ayudas económicas. Se deduce de los ingresos económicos mensuales el importe del alquiler o cuota hipotecaria de la vivienda habitual con la finalidad de asegurar y proteger ese gasto familiar y no poner en riesgo la permanencia en la vivienda.

Se mejora también el baremo económico de concesión, lo que permite ayudar más a las familias al aumentar los tramos de ingresos económicos y la aportación del Ayuntamiento en cada uno de ellos.

Se incrementa el importe máximo a conceder en cada tipo de ayuda económica, el cual no se revisaba desde que se aprobó la Ordenanza en 2016; y se introduce una cláusula de revisión de los importes máximos a conceder por cada tipo de ayuda económica, de tal forma que las cantidades de las ayudas económicas serán actualizadas automáticamente cada ejercicio económico conforme al IPC interanual.