El alcalde comparte una merienda con ancianos de las viviendas tuteladas

Lunes, 17 Diciembre 2012

El alcalde de San Roque, Juan Carlos Ruiz Boix, ha compartido esta tarde una merienda con los ancianos de las Viviendas tuteladas de la calle Málaga. En el evento le han acompañado las ediles responsables de Asuntos Sociales, Ana María Rojas, y de Igualdad, Mercedes Sánchez.

VISITA VIVIENDAS TUTELADAS 18.12.12

Antes de la merienda, la veintena de ancianos han recibido de manos del alcalde y las conjalas la carpeta con los trabajos que durante el año realizan cada uno de ellos con el objetivo de ejercitar su memoria.
Además, algunos de los ancianos, en la charla informal que han mantenido, han realizado al alcalde alguna petición en relación al propio funcionamiento interno de las viviendas tuteladas. Mañana martes, la merienda se desarrollará en el Asilo.
Las viviendas tuteladas de la calle Málaga llevan funcionando desde el domingo 3 de octubre de 2010, cuando se hicieron entrega de las llaves a los 15 primeros ocupantes de estas viviendas, situadas en la calle Vallecillo Luján número 35.
Estas viviendas fueron concebidas para personas mayores con un nivel de autonomía suficiente, pero con dificultades para mantenerse en su vivienda por grave deterioro de la misma o por problemas de convivencia, o que sean obligados a abandonarla, carezcan de vivienda propia o no dispongan de recursos económicos, familiares y sociales.
Los requisitos para tener acceso a estas viviendas son: tener 60 años o más cumplidos; estar empadronado en San Roque con dos años de antigüedad, como mínimo; no padecer enfermedad infecto-contagiosa, ni alteraciones psíquicas que puedan repercutir de una manera negativa en la convivencia o que requieran vigilancia y cuidados continuados de una tercera persona, o con limitaciones severas en su nivel de autonomía personal.
También se cuentan entre los requisitos el no disponer de vivienda en propiedad, o que ésta se encuentre en un grave estado de deterioro, no reuniendo las condiciones mínimas de habitabilidad y no siendo posible su rehabilitación mediante otros recursos de carácter social. En los casos de personas que aún no teniendo vivienda en propiedad sí dispongan de familiares con los que estén conviviendo, y estos estén obligados legalmente a su cuidado y atención, según el Código Civil, se valorará la no prioridad del caso.
Además, se considera un requisito el tener un estado físico y psíquico que permita realizar las actividades de la vida diaria de forma independiente y no presentar riesgo inminente de invalidación; y tener una conducta social y unos hábitos personales y de higiene que faciliten una convivencia normalizada. Finalmente, cualquier situación no contemplada en los requisitos anteriores podrá ser estudiada y valorada por el Departamento Municipal de Asuntos Sociales, que elaborará propuesta de ingreso o no, siendo sometida ésta ante el órgano competente (Comisión Municipal de Asuntos Sociales).