Comercio edita un cartel con las nuevas medidas anti Covid

Martes, 18 Agosto 2020

La delegación municipal de Comercio, presidida por la teniente de alcalde Belén Jiménez, ha hecho público un cartel en el que se recogen las nuevas medidas anti Covid, recogidas en la orden del 16 de agosto de 2020.

NOTICIA MEDIDAS ANTI COVID 19 COMERCIO 18 AGOSTO 2020

El cartel ha sido enviado a todos los comercios del municipio al objeto de que sean expuestos en los mismos y para conocimiento general de los ciudadanos, ya que son de obligado cumplimiento.
En el cartel se recogen las actuaciones coordinadas de salud pública ante la situación de especial riesgo por incremento de casos positivos por Covid 19 en Andalucía.
Así, entre las obligaciones de cautela y protección, se recomienda la limitación de encuentros sociales a un máximo de 10 personas; guardar una distancia de Seguridad Interpersonal Obligatoria de 1,5 metros y mascarilla obligatoria; no se podrá fumar en vía pública ni espacios al aire libre si no hay un distancia mínima interpersonal de 2 metros. Esta medida incluye pipas de agua, cachimbas, cigarrillos electrónicos, vapeo o cualquier dispositivo similar.
En lo que se refiere a las medidas de prevención y control del aforo para establecimientos de hostelería, de ocio y esparcimiento, recreativos, no podrán superar 75% de aforo máximo para consumo en interior. Los establecimientos especiales de hostelería con música no podrán superar el 60% del aforo máximo para consumo interior, y si se dedican exclusivamente al consumo de bebidas, no tendrán autorizada su apertura.
El consumo dentro del local, en barra, mesas o agrupaciones de mesas, será con una distancia mínima de 1.5 metros, y una ocupación máxima de 10 personas por mesa o agrupación de mesas.
En las terrazas al aire libre, entendiéndose que son todo espacio no cubierto o todo espacio que, estando cubierto, esté rodeado lateralmente por máximo de 2 paredes, muros o paramentos, podrán ocupar la totalidad de mesas permitidas en la licencia, siempre con distancia de seguridad de 1,5 metros entre mesas o agrupaciones de mesas, con no más de de 10 personas por mesas o agrupaciones de mesas.
Si se posee permiso para aumentar la superficie destinada a terraza, se podrá incrementar el número de mesas y siempre habrá que respetar 1,5 metros y que haya espacio suficiente para la circulación peatonal
Sobre el horario de cierre de establecimientos, se especifica que será máximo la 1:00, sin que puedan admitirse nuevos clientes a partir de las 00:00 horas.
Los locales de ocio con horario mayoritariamente nocturno, como bares de copas, discotecas y salas de baile, y los establecimientos de esparcimiento y de esparcimiento para menores, no tendrán autorizada su apertura.
Para la realización de eventos multitudinarios es obligatorio contar con autorización de la Comunidad Autónoma, que realizará una evaluación del riesgo por parte de la autoridad sanitaria. En todo caso, el horario máximo es hasta la 1:00, la distancia entre mesas de 1,5 metros, 10 personas por mesa o agrupación de mesas, y la circulación por el recinto será siempre con mascarilla, guardando la distancia interpersonal y estricta higiene de manos.