de San Roque
Independientemente de quién sea la entidad intermediaria, es la naturaleza del producto o servicio la que determina el supervisor competente para atender las quejas y reclamaciones planteadas:-Banco de España (BE): incidencias relacionadas con productos y servicios bancarios (depósitos, préstamos personales, hipotecas, etc.) comercializados por entidades de crédito (bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito, sucursales en España de entidades de crédito extranjeras) y otras cuestiones que deriven de la actuación de las sociedades de tasación o de los establecimientos de cambio de moneda (autorizados para realizar operaciones de venta de billetes extranjeros o gestión de transferencias en el exterior).-Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV): incidencias relativas a productos o servicios de inversión (ofertas públicas de venta de valores, fondos de inversión, operativa en los mercados de valores, etc.) con independencia de que el intermediario sea una empresa de servicios de inversión (ESI) o una entidad de crédito (habitualmente bancos y cajas de ahorros).-Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP): cuestiones relacionadas con contratos de seguros y planes de pensiones que deriven de la actuación de entidades aseguradoras, gestoras de fondos de pensiones y mediadores de seguros (incluidas las entidades de crédito cuando actúen como comercializadoras de estos productos).Cómo presentar una reclamación Las quejas y reclamaciones se presentarán por escrito, con los siguientes contenidos mínimos: 1) Identificación del interesado (nombre y apellidos o denominación social, domicilio a efectos de notificaciones, DNI o NIF y representación en caso de haberla). 2) Entidad o entidades contra las que se reclama y oficinas o departamentos implicados. 3) Motivo concreto de la queja o reclamación expresado de forma clara. 4) Acreditación de haber reclamado previamente ante el Servicio de Atención o Defensor del Cliente de la entidad reclamada y de que ha transcurrido el plazo de dos meses sin que haya habido respuesta o, en caso de haberla habido no hubiese sido favorable a la reclamación presentada. 5) Lugar, fecha y firma.Asimismo es conveniente aportar copia de la documentación que acredite los aspectos reclamados.DIRECCIONES DE LOS SERVICIOS DE RECLAMACIONES:BANCO DE ESPAÑA Servicio de reclamaciones Alcalá, 48 28014 MADRID Teléfono: 91 338 65 30 Consultasdereclamaciones@bde.es http://www.bde.es COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES Oficina de Atención al Inversor Miguel Ángel, 11 28010 MADRID Passeig de Gràcia, 19 08007 BARCELONA Teléfono: 902 149 200 inversores@cnmv.es http://www.cnmv.es DIRECCIÓN GENERAL DE SEGUROS Y FONDOS DE PENSIONES Servicio de Reclamaciones Paseo de la Castellana, 44 28046 MADRID Teléfono: 902 197 936 reclamaciones.seguros@meh.es www.dgsfp.meh.es