Busqueda de articulos publicados

Formato de fecha año-mes-dia. Ejemplo 2022-02-04.

Líneas aéreas: incidencias con el equipaje en el transporte aéreo

Según el artículo 97 de la Ley 48/1960 sobre Navegación Aérea, el transportista está obligado a transportar juntamente con los viajeros y dentro del precio del billete, el equipaje, con los límites de peso y volumen que establezcan los Reglamentos.

Academias (centros de enseñanza no reglada)

Academias (Centros de enseñanza privada no reglada)
A través del documento adjunto se puede acceder a la información sobre este tipo de centros así como recomendaciones a los usuarios de sus servicios.

Bancos, cajas y seguros

Aunque los establecimientos bancarios y cajas de ahorros establecidos en Andalucía deben cumplir con lo dispuesto en el decreto regulador de las hojas de reclamaciones, existe un cauce específico para plantear quejas y reclamaciones en este sector de la actividad económica.

La publicidad ilícita y engañosa

Según establece la Ley 34/1988 de 11 de noviembre, General de Publicidad (BOE 15-11-88), es ilícita:

La factura

Los empresarios y profesionales están obligados a expedir y entregar, en su caso, factura u otros justificantes por las entregas de bienes y prestaciones de servicios que realicen, así como conservar copia o matriz.

Profesionales liberales colegiados

La Administración debe solicitar a los Colegios profesionales el cumplimiento por parte de sus colegiados (médicos, abogados, arquitectos, farmacéuticos, etc.) de la obligación de tener hojas de quejas y reclamaciones a disposición de sus clientes, según lo establece el Decreto 72/2008.

Derechos de los pasajeros del transporte marítimo

El 23 de abril de 2009 el Parlamento Europeo aprobó el Reglamento Europeo sobre los derechos de los pasajeros de transporte marítimo y vías navegables, en el que se establece una serie de indemnizaciones por cancelaciones o retrasos. Para más detalles, consúltese el documento adjunto.

Decálogo del buen inversor

El Consejo Local de Consumo

El Consejo Local de Consumo es un órgano de integración y participación de las Asociaciones de Consumidores y Usuarios, las Organizaciones Empresariales y la Administración Municipal en todas las cuestiones relacionadas con el consumo dentro del municipio.

Páginas