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Formato de fecha año-mes-dia. Ejemplo 2022-02-04.

Teléfonos y telecomunicaciones

El sector de la telefonía y las telecomunicaciones, a cuya rápida expansión asistimos en las sociedades desarrolladas, es, por consiguiente, uno de los que más presencia tiene en las consultas y reclamaciones que plantean los consumidores.

Arrendamiento de viviendas

El arrendamiento consiste en un contrato en el que una de las partes (el arrendador) cede a otra (el arrendatario) el uso y disfrute de una vivienda de forma temporal a cambio de un precio.

Academias (centros de enseñanza no reglada)

Academias (Centros de enseñanza privada no reglada)
A través del documento adjunto se puede acceder a la información sobre este tipo de centros así como recomendaciones a los usuarios de sus servicios.

Bancos, cajas y seguros

Aunque los establecimientos bancarios y cajas de ahorros establecidos en Andalucía deben cumplir con lo dispuesto en el decreto regulador de las hojas de reclamaciones, existe un cauce específico para plantear quejas y reclamaciones en este sector de la actividad económica.

Luz y electricidad

Derechos de los usuarios , Obligaciones de los usuarios , Facturas, Liberalización del suministro de energía eléctrica ,p.rocedimiento de actuación

El suministro de agua

El suministro de agua potable, elemento imprescindible para la vida, es un servicio del que es usuaria la totalidad de la población –al menos en los países desarrollados.

Alimentos transgénicos

Son alimentos transgénicos aquellos que proceden de, o en su composición contienen, organismos modificados genéticamente, cuyas características han sido cambiadas por técnicas de ingeniería genética.

El derecho a la devolución (o desistimiento)

Con cierta frecuencia los consumidores plantean las siguiente preguntas: “¿Existe el derecho a la devolución de un artículo que, una vez comprado, no nos gusta o no deseamos? ¿Podemos revocar un contrato de prestación de servicios? ”.

Líneas aéreas: incidencias con el equipaje en el transporte aéreo

Según el artículo 97 de la Ley 48/1960 sobre Navegación Aérea, el transportista está obligado a transportar juntamente con los viajeros y dentro del precio del billete, el equipaje, con los límites de peso y volumen que establezcan los Reglamentos.

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