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Formato de fecha año-mes-dia. Ejemplo 2022-02-04.

Ventas a distancia

Existe venta a distancia cuando no media contacto directo entre comerciante y consumidor y la oferta comercial se realiza sobre un soporte impreso o por un medio de comunicación electrónico (por ejemplo: catálogo, buzoneo, anuncio en la prensa, videotex, fax, teléfono, etc.).

Ventas fuera de establecimiento mercantil

Ventas fuera de establecimiento mercantilProliferan actualmente vendedores agresivos que, visitando los hogares, especialmente aquellos ocupados por personas ancianas, las someten a tratamiento de choque y les hacen firmar contratos de adquisición de los más diversos artículos, desde colchones relax a potentísimas aspiradoras, ninguno de los cuales le es de utilidad a sus compradores.

La publicidad ilícita y engañosa

Según establece la Ley 34/1988 de 11 de noviembre, General de Publicidad (BOE 15-11-88), es ilícita:

El comercio justo

En un día cualquiera pasan por nuestras manos productos procedentes de los rincones más dispares del planeta. En apariencia todos formamos parte de un gran mercado, pero los beneficios de este creciente comercio internacional no llegan a todos por igual. La libre competencia no lo es tanto, porque no todos estamos situados en la misma línea de salida.

La factura

Los empresarios y profesionales están obligados a expedir y entregar, en su caso, factura u otros justificantes por las entregas de bienes y prestaciones de servicios que realicen, así como conservar copia o matriz.

Hojas de reclamaciones

De acuerdo con la legislación vigente en Andalucía todos los establecimientos que vendan productos presten servicios deberán tener a disposición de los consumidores y usuarios un libro de “quejas y reclamaciones” de cuya existencia se hará mención en un cartel bien visible colocado en el establecimiento.

Nociones básicas de consumo

¿Quiénes son consumidores y usuarios? ¿Quiénes son destinatarios finales? Ejemplos prácticos.

Publicaciones sobre Consumo

Recoge un amplio repertorio sobre diversos aspectos del consumo.

Cláusulas abusivas

Se considerarán cláusulas abusivas todas aquellas estipulaciones no negociadas individualmente y todas aquellas prácticas no consentidas expresamente que, en contra de las exigencias de la buena fe causen, en perjuicio del consumidor y usuario, un desequilibrio importante en los derechos y obligaciones de las partes que se deriven del contrato.

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