Como norma general todos los productos industriales deben tener información suficiente sobre su naturaleza y forma de uso y esta información ha de quedar recogida en una etiqueta unida al producto (adherida, anexa o impresa en el envase).
Con cierta frecuencia los consumidores plantean las siguiente preguntas: “¿Existe el derecho a la devolución de un artículo que, una vez comprado, no nos gusta o no deseamos? ¿Podemos revocar un contrato de prestación de servicios? ”.
Independientemente de quién sea la entidad intermediaria, es la naturaleza del producto o servicio la que determina el supervisor competente para atender las quejas y reclamaciones planteadas:
El primer requisito para que los consumidores puedan hacer valer sus derechos es conocerlos.
La Ley de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios de Andalucía los recoge en el articulado de su Título I. Son los siguientes:
<p>En las dos últimas décadas la obesidad se ha convertido en un grave problema de salud pública. Las causas principales son los nuevos estilos de vida sedentarios y la incorporación de hábitos alimenticios poco saludables, pues las dietas tradicionales están siendo sustituidas por otras con exceso de grasas y azúcares.</p>