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Formato de fecha año-mes-dia. Ejemplo 2022-02-04.

Los seguros del hogar

La póliza multirriesgo del hogar, bajo sus diversas modalidades, es la más utilizada por los consumidores para asegurar las viviendas. Su ventaja más importante es la variedad de coberturas y su inconveniente, la dificultad al intentar descifrar qué riesgos están cubiertos y cuáles excluidos.

Vivienda: el mobbing inmobiliario

Se denomina "mobbing", o acoso inmobiliario, a las actuaciones intimidantes encaminadas a desalojar de sus viviendas a inquilinos con contratos de renta antigua o incluso propietarios -ancianos en su mayor parte-, que ocupan vetustos edificios, normalmente deteriorados, en los cascos históricos de las ciudades.

Líneas aéreas. Organismo nacional competente

Si usted sufre una denegación de embarque, anulación o retraso importante y la compañía encargada de efectuar el vuelo no cumple sus obligaciones, además de las vías ordinarias de reclamación de consumo, puede reclamar directamente ante el organismo nacional competente en este sector, que en España es

Decreto sobre las hojas de reclamaciones

El 27 de marzo de 2008 el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía publicó el Decreto 72/2008 de 4 de marzo, por el que se regulan las hojas de quejas y reclamaciones de las personas consumidoras y usuarias en Andalucía y las actuaciones administrativas relacionadas con ellas.

Decálogo del buen inversor

OSI

Centro Europeo del Consumidor en España y la Oficina de Seguridad del Internauta

Publicaciones sobre Consumo

Recoge un amplio repertorio sobre diversos aspectos del consumo.

Cláusulas abusivas

Se considerarán cláusulas abusivas todas aquellas estipulaciones no negociadas individualmente y todas aquellas prácticas no consentidas expresamente que, en contra de las exigencias de la buena fe causen, en perjuicio del consumidor y usuario, un desequilibrio importante en los derechos y obligaciones de las partes que se deriven del contrato.

Hojas de reclamaciones

De acuerdo con la legislación vigente en Andalucía todos los establecimientos que vendan productos presten servicios deberán tener a disposición de los consumidores y usuarios un libro de “quejas y reclamaciones” de cuya existencia se hará mención en un cartel bien visible colocado en el establecimiento.

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