Ilustre Ayuntamiento
de San Roque
La ley 42/1998 de 15 de diciembre regula el aprovechamiento por turno de inmuebles de uso turístico.
Según el artículo 97 de la Ley 48/1960 sobre Navegación Aérea, el transportista está obligado a transportar juntamente con los viajeros y dentro del precio del billete, el equipaje, con los límites de peso y volumen que establezcan los Reglamentos.