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Formato de fecha año-mes-dia. Ejemplo 2022-02-04.

Compra de vivienda

La compra de una vivienda o su arrendamiento no sólo constituyen actividades cotidianas sino que además originan importantes consecuencias para la economía de las personas consumidoras por tratarse, normalmente, del gasto más cuantioso que efectúan en sus vidas.

Etiquetado del calzado

A través del documento adjunto se puede consultar la información relacionada con el etiquetado del calzado.

Productos inflamables y peligrosos

Ampliando la imagen adjunta puede conocer los símbolos de los productos peligrosos e inflamables, cuya descripción es la siguiente:

Reparaciones en el hogar

Cuando hayamos de efectuar obras, reparaciones o reformas en nuestra vivienda, de fontanería, electricidad, pintura, cerrajería, albañilería, carpintería o similares, debemos encargar siempre el trabajo a una empresa legalmente constituida o a un profesional dado en alta, nunca a un particular que se dedica a hacer chapuzas.

La publicidad ilícita y engañosa

Según establece la Ley 34/1988 de 11 de noviembre, General de Publicidad (BOE 15-11-88), es ilícita:

Los seguros del hogar

La póliza multirriesgo del hogar, bajo sus diversas modalidades, es la más utilizada por los consumidores para asegurar las viviendas. Su ventaja más importante es la variedad de coberturas y su inconveniente, la dificultad al intentar descifrar qué riesgos están cubiertos y cuáles excluidos.

La factura

Los empresarios y profesionales están obligados a expedir y entregar, en su caso, factura u otros justificantes por las entregas de bienes y prestaciones de servicios que realicen, así como conservar copia o matriz.

Derechos de los pasajeros del transporte marítimo

El 23 de abril de 2009 el Parlamento Europeo aprobó el Reglamento Europeo sobre los derechos de los pasajeros de transporte marítimo y vías navegables, en el que se establece una serie de indemnizaciones por cancelaciones o retrasos. Para más detalles, consúltese el documento adjunto.

Líneas aéreas: incidencias con el equipaje en el transporte aéreo

Según el artículo 97 de la Ley 48/1960 sobre Navegación Aérea, el transportista está obligado a transportar juntamente con los viajeros y dentro del precio del billete, el equipaje, con los límites de peso y volumen que establezcan los Reglamentos.

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