El Gobierno permite al Ayuntamiento cubrir la plaza vacante de inspector de la Policía Local

Domingo, 12 Junio 2016

El Ministerio de Administraciones Públicas ha informado favorablemente a la solicitud del Ayuntamiento para poder cubrir una plaza vacante de la Policía Local, concretamente la de inspector. En el escrito de la Subdirección General de Coordinación Autonómica y Local se señala que “revisada la documentación recibida se comunica que la misma es conforme a los requisitos establecidos” en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016.

PLAZA INSPECTOR POLICIA LOCAL 14 JUNIO 2016

Tras conocer el escrito, el alcalde, Juan Carlos Ruiz Boix, ha señalado que “después de más de un año y medio de distintas vicisitudes, se consigue por fin completar el expediente para poder realizar la convocatoria de una plaza de inspector de Policía Local. Una plaza que forma parte de la oferta de empleo público (del Ayuntamiento) del año 2015, que fue definitivamente aprobada ese año y que previamente, en 2014, se preveía dentro de la plantilla presupuestaria”.

“A finales de 2015 -concretó Ruiz Boix- comenzamos a gestionar la autorización del Ministerio de Administraciones Públicas para la convocatoria de esa plaza en función de que el Ayuntamiento cumple con todos los requisitos económicos. Principalmente, porque dispone de un informe favorable de estabilidad y cuenta con el equilibrio presupuestario suficiente al registrarse más ingresos que gastos”.

“Nuevamente -añadió- esa documentación se ha presentado al Ministerio y tenemos ya la autorización. En los próximos días saldrá publicada la convocatoria de la plaza, que esperamos que, después del proceso selectivo, podamos cubrir en el próximo mes de septiembre”, concluyó.

En el escrito, con fecha de 2 de junio, se indica que “el pasado 11 de enero se recibió en este Centro directivo, escrito de esa Corporación acreditando el cumplimiento de lo previsto en el artículo 20, Uno.2.C) de la Ley 48/2015 de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016, según el cual se podrá alcanzar el cien por cien de la tasa de reposición de efectivos (en la Policía Local) siempre que se trate de Entidades locales que cumplan o no superen los límites que fijen la legislación reguladora de las Haciendas locales o, en su caso, las Leyes de Presupuestos Generales del Estado, en materia de autorización de operaciones de endeudamiento”.

Continúa la carta que “el día 15 de enero de 2016 se solicita a la Entidad mejora y subsanación de deficiencias en los términos del art. 71 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. Posteriormente, con fecha 25 de mayo de 2016, tiene entrada en este Centro Directivo la documentación complementaria solicitada”.

En las conclusiones, el texto señala que “revisada la documentación recibida se comunica que la misma es conforme con los requisitos establecidos en el segundo párrafo de la referida norma. El presente informe se emite a los exclusivos efectos de lo previsto en el mencionado párrafo y su validez queda condicionada al cumplimiento de lo dispuesto en el apartado Cinco del citado artículo 20”.